Yoigo

Yoigo está empezando a comunicar a todos los clientes que tienen contratado Internet para llevar que a partir del día 18 de marzo ya no será posible disfrutar de la Tarifa del 0 en la misma SIM que dicho servicio, pero a cambio el cliente pasará a tener la Tarifa del 8.

Hasta ahora todos los clientes de Yoigo que tienen contratado Internet para llevar podían realizar llamadas y enviar mensajes con los mismos precios que los de la Tarifa del 0, pero Yoigo ha decidido que a partir del 18 de marzo únicamente sea posible disfrutar de la Tarifa del 8.

Según indica Yoigo en las cartas que ya ha comenzado a enviar a sus clientes, el motivo de este cambio es para hacerlo todo más sencillo.

Aquellos clientes que tengan contratado Internet para llevar habiendo firmado un contrato de permanencia por la subvención del módem podrán darse de baja de la compañía sin ningún tipo de penalización, aunque deberán abonar la parte proporcional al descuento que se realizó en el precio del módem.

Gracias a Julio por la información

por Pepu Ricca

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7 comentario en “Tarifa del 8 con Internet para llevar en Yoigo a partir del 18 de marzo”
  1. Vaya, pues menos mal que «no tendrán penalización»… si fuese mi caso les diría que viniesen a buscar su flamante modem, porque el menda no iba a soltar ni un duro.

  2. ¿Es qué existe algun tipo de permanencia que no vaya asociada a la subvención de un terminal o módem?

    Cuanto nos timan y nadie que nos defienda…

    Si cuando contratas un servicio porque te parecen buenas las condiciones compras un terminal, ¿acaso no te compras el terminal con la idea de usarlo bajo dichas condiciones? ¿Entonces por qué no se considera a eso penalización de ningún tipo?

    Si a mi me ofrecen unas tarifas que me parecen atractivas y para usarlas necesito un móvil, en principio pienso que en esos 18 meses seguiré pudiendo hacer uso de esas tarifas… luego te las cambian pero no puedes darte de baja o te toca comprar un móvil que de saber que te iban a cambiar las condiciones obviamente no hubieras comprado…

    Es uno de los mayores timos actuales y ninguna asociación de consumidores se mete a defendernos parece porque cada vez cambian más y más cosas de los contratos amparándose en que la gente con permanencia no se irán porque tendrían que pagar parte de sus móviles… No hay más que ver Movistar que casi cada mes cambia alguna cosilla a peor y no puedes hacer nada como tengas permanencia porque te piden que termines de pagarlo… y encima bloqueados para solo usarlos con ellos… entonces el móvil de quien es, de la compañia o mio? Si es mio deberia ser libre y si es de la compañia por que debo pagar esa parte al darme de baja porque ellos han cambiado las condiciones del contrato?

    En fin, cualquier día cierran una compañía y encima te obligan a pagarles los móviles ya que no has acabado de pagar lo subvencionado xD

    Si subvencionan un móvil debería ser manteniendo las tarifas que uno tenía en el momento de contratarlo, salvo que el cliente quiera cambiarse a una nueva tarifa… Es decir, si yo tengo unas condiciones firmadas, mientras tenga permanencia que no me las puedan cambiar… y si te obligan pues al menos fuera la permanencia desde el mismo dia del cambio de tarifas… sería una forma de que no cambiasen tan unilateralmente las tarifas. Recuerdo que antiguamente en los prepago te mantenian las tarifas descatalogadas hasta que tu decidieras cambiarte… mientras que ahora te cambian lo que quieren cuando les da la gana

  3. Habá próximos retoques en la tarifa de «internet para llevar?

    Esto me huele a que si, y se mejorarán las condiciones, o al principio del fin de la del 0…

    Salu2

  4. No creo que el cliente deba abonar la diferencia del módem si se da de baja de internet para llevar, ya que el que ha incumplido las condiciones del contrato es Yoigo. Así que el que tenga este problema y quiera darse de baja debería asesorarse en la OMIC.

  5. Miguel también es Yoigo (sustitúyase por cualquier compañia) la que incumple cuando cambian las tarifas de telefonía, pero si tienes móvil subvencionado tienes que pagar la parte proporcional que te quedase de permanencia… por mucho que todos sepamos que eso es una penalización, no la consideran como tal… ¿hasta cuando estaremos indefensos ante estos cambios unilaterales cada dos por tres?

    Porque yo si compro un móvil subvencionado (y además anclado a esa compañía) ¿no es acaso porque pienso usar las tarifas que hay en el momento que lo compro?

    Por poner un ejemplo exagerado (aumentando cifras para que se note mas el robo)… imaginemos que una compañía ofrece un NOKIA N96 a 0€ con un compromiso de permanencia de 36 meses con una tarifa de consumo minimo de 12 euros pero cuyo precio de llamadas sea irrisorio (incluso tarifa plana sin limites)… Obviamente yo me lo compraría… Pero y si al mes siguiente deciden cambiar y dicen que ahora las llamadas serán de 70 centimos por minuto a cualquier operador y que además el consumo mínimo aumenta hasta los 50 euros mensuales… la gente se querría dar de baja… y te dicen… vale pero pagame la parte proporcional del móvil (pongamos 600 euros)… ¿qué cara se te quedaría? Pues eso hacen aunque en menor medida, con datos más ajustaditos y disfrazados… pero el timo es el mismo sea cual sea la cantidad timada ;)

    A ver si nos defienden de una vez

  6. Hola Shield! Creo que la ley protege al consumidor en este sentido y te remito a la página web de FACUA, concretamente a:

    https://www.facua.org/es/derechos.php?Id=54

    Donde se responde de esta manera a una situación similar a la que estamos abordando y en la que la compañía te obliga a pagar parte del móvil adquirido con la misma.

    «El artículo 107 del Real Decreto 424/2005, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, establece que cualquier propuesta de modificación de las condiciones contractuales, incluidas las mencionadas en el artículo 105 (entre ellas, el precio y otras condiciones económicas de los servicios) deberá ser comunicada al abonado con una antelación mínima de un mes, en la que se informará, al mismo tiempo, del derecho del abonado a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones».

  7. Miguel, el artículo las mismas compañías te lo mencionan en sus avisos de cambio de tarifa, pero después añaden la coletilla de que lo que si se tendría que pagar es la parte proporcional aún no abonada del terminal adquirido. Es decir que a efectos jurídicos ellos entienden que te vendieron a plazos un terminal y ese si que tienes que seguir pagándolo aunque no estés con ellos.

    Con Yoigo cuando el cerazo mucha gente tuvo que pagar terminales por irse de la compañía y nadie hizo nada al respecto… como todas las leyes es cuestión de palabrería y de interpretaciones de lo escrito…

    Para mi, y para cualquier persona con lógica, que me cobren el móvil aunque sea parcialmente supone una penalización, pero para las compañías no es una penalización ya que una cosa es el contrato y sus tarifas y otra cosa aparte la llamémosle «venta a plazos» del terminal…

    Hubo gente que tuvo suerte y no le cobraron pero conozco de muchos casos que si les cobraron ;)

    Si no simplemente piensa una cosa, por qué entonces no se anulan las permanencias inmediatamente con cada cambio de tarifas? Aunque tú decidas seguir como cliente, la permanencia deberia anularse ya que las condiciones han cambiado… pero eso no ocurre, ¿por qué? Porque al final hacen lo que les da la gana jeje

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